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    Categorías: Economía

Multas de hasta 108.000 pesos para quien maneje alcoholizado

La diputada provincial Hebe Casado, del PRO, presentó un proyecto de ley para que haya tolerancia cero en los controles de alcoholemia en Mendoza.

El senado aprobó el proyecto de ley y ahora el Ejecutivo debe promulgarla.

Quien maneje alcoholizado deberá enfrentarse a multas de hasta 108 mil pesos, podrá ser inhabilitado para conducir durante un año, recibirá la quita de la licencia y puede pasar 30 días de arresto. Ayer, el Senado provincial aprobó el proyecto de ley que busca incrementar las penas para las personas que conduzcan alcoholizadas. 

La propuesta fue aprobada por unanimidad, con 34 votos afirmativos, por lo espera la firma del ejecutivo para ser promulgada y entrar en vigencia efectivamente. La nueva normativa surge en el marco de la muerte del joven Alan Villouta – atropellado en 2017 en el acceso Sur– y con 98 fallecidos en lo que va del año por incidentes viales. Así, da por tierra con algunas propuestas de tolerancia cero en el manejo. 

“Es una ley que tiene alto impacto en la vida de todos los mendocinos. Las multas están previstas dependiendo del estado de ebriedad de las personas. Es decir, si la persona conduce con 0,5 a 0,99 tiene una multa y si conduce con un gramo de alcohol en sangre tiene otra multa”, explicó Diego Costarelli, uno de los impulsores de la propuesta. 

Costarelli indicó además que buscan la concientización al volante, para que la gente comprenda que no puede manejar en ese estado. Por ello remarcó que en ese sentido, la tolerancia cero termina siendo un accesorio. 

“Buscamos que los mendocinos entendamos que tenemos derechos pero también obligaciones. Si estamos por cometer una falta que haya un Estado que sepa que lo va a sancionar y castigar duramente. Por eso creemos que con la sanción se generará la conciencia definitiva, que es evitar el manejo con alcohol al volante”, destacó el senador. 

Por su parte, Néstor Majul, subsecretario de Relaciones Institucionales del ministerio de Seguridad comentó que la nueva norma es esencial para disminuir los accidentes viales. “Pero debe haber controles más eficientes, si no es así la ley no funciona”, indicó. 

El funcionario aseguró que más allá de que las multas deben ser onerosas, el cambio más importante es que a partir del gramo en sangre, el delito sale de la órbita vial y pasa a la órbita contravencional. “A partir de un gramo podés ser arrestado, hacen falta abogados para defenderse y un juez puede determinar que vayas preso inmediatamente”, destacó y dijo que harán campañas de concientización más fuertes para que los conductores sepan a qué atenerse. 

En detalle

Vale recordar que el proyecto de Ley del Poder Ejecutivo, mediante el cual se establece una serie de medidas para endurecer las sanciones a conductores ebrios, a través de modificaciones a la Ley de Seguridad del Tránsito (9024) y del Código Contravencional (9099). De esta manera se sustituye el artículo 78 de la ley 9024 (de seguridad del tránsito) por el 86 bis.

En líneas generales, prevé para quien conduzca con 0,5 gramos de alcohol en sangre y hasta 0,99, la inhabilitación  para conducir vehículos desde 30 a 180 días; multa de 3 mil a 6000 Unidades Fijas (de 36 mil pesos a 72 mil pesos),  o incluso la retención del vehículo y de la licencia de conducir.

A partir de 1 gramo o más de alcohol en sangre, se establece multa de 4 mil a 9 mil Unidades Fijas (de 48 mil pesos a 108 mil pesos); inhabilitación para conducir vehículos desde 90 a 365 días,  y arresto de hasta 30 días.  Además, pasa de ser una falta vial a ser una falta contravencional y por tanto, comienza para el conductor un proceso con intervención judicial.

Retención de licencia

También se modificó el artículo 95° del Código de Contravenciones, que hace referencia al estado de ebriedad. Establece que “el que en lugar público o abierto al público se hallare en estado de manifiesta embriaguez, será sancionado con multa desde 200 U.F. hasta 400 U.F. o arresto de 2 días hasta 4 días y obligación de asistir a cursos de tratamiento de adicción. La sanción será aumentada al doble si el infractor ocasionare molestias a los transeúntes”.

Con esta nueva ley se sustituye el inciso f del artículo 40 de la Ley 9024. De esta manera, podrá retenerse la licencia de conducir “cuando sea evidente la disminución de las condiciones psicofísicas del titular de la licencia, excepto a los discapacitados debidamente habilitados o cuando incurra en la prohibición del artículo 52° inciso 7. En dicho supuesto corresponderá además la retención del vehículo”.

Según explicó Majul, conducir en estado de ebriedad será reconocido ahora como falta gravísima, con cualquier graduación que supere los 0,5, inclusive. De esta manera, todo conductor al que se le detecte más del límite permitido, le será retenida la licencia de conducir. 

Para quienes conduzcan bicicletas con o sin motor, motocicletas o ciclomotores queda prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro en sangre.

Para los conductores de vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga, se dispone que deban conducir con tasa de alcoholemia cero gramos por litro en sangre. 

Se sustituye el inciso 8 segundo párrafo, del artículo 52º de la Ley Nº 9024 -Ley de Seguridad de Tránsito -, estableciendo que está prohibido conducir en la vía pública en todos los vehículos bajo los efectos de psicotrópicos, estupefacientes, estimulantes u otras sustancias análogas. 

También se incorporó el artículo 99 bis, que establece: “en los casos del inciso 7 del artículo 52 de la presente ley no será restituido el vehículo a su propietario o legítimo usuario hasta que no haya cumplido con la sanción correspondiente”.
 

Políticas de Estado que trasciendan

Golpe de efecto. Edgardo Juchniuk, vice de la Asociación de Productores Asesores de Seguro de Cuyo expresó: “Lo vemos como una cuestión de golpe de efecto. No lo podés ver seriamente si no vienen otras propuestas. Y además es necesario que haya políticas de estado que trasciendan los gobiernos”.

Un cambio cultural. Omar López –  Compromiso Vial.  “Me parece que es más de lo mismo. El estado abocado a recaudar y nunca escuchamos a dónde va a parar ese dinero que recauda. Nos parece bien que se dediquen al tema, pero es una pena que se dedique tan poco a la prevención”, opinó el papá de Vanina, la joven que murió junto a otros cinco jóvenes a unos metros del Puente de Hierro en Guaymallén.

Alcohol Cero. “La solución es el Alcohol Cero”, asegura Leonardo Mayore – Estrellas Amarillas – papá de Juan Ignacio, que falleció en un accidente en el carril Mathus Hoyos.  “Creo que es necesario que haya multas severas, pero el cambio no es por ahí. Debe ser alcohol cero al volante por sobre las multas”. Señaló que los 0.5 gramos de tolerancia de alcohol en sangre es la puerta abierta para tomar.  “Un conductor cuando toma no sabe cuánto es lo permitido. Decide tomar y correr el riesgo”.
 

Agencia Nacional

A las 17 el titular de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Carlos Pérez, estará en Mendoza conversando con familiares de las víctimas de accidentes de tránsito. Conformarán la mesa Alfredo García (Educando al Peatón), Leonardo Mayore (Estrellas Amarillas), Omar López (Compromiso Vial) y el papá de Alan, Andrés Villouta

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