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Suben casi el 20% las multas de tránsito desde el 1 de enero

Bajaron las multas 30% con relación a enero de 2017

La más barata será de $665 y la más cara, de $9.500. Las reincidencias duplican, triplican y cuadruplican los valores

A partir del lunes próximo, 1 de enero de 2018, cometer una infracción de tránsito será casi 20% más caro que durante 2017.

Es que con la sanción de la Ley Impositiva, para el próximo año las Unidades Fijas (UF), que son las que establecen los valores de las multas, aumentarán de $8 a $9,5.

Así, el mínimo que se pagará por una sanción será de $665 y el máximo alcanzará los $9.500.

En el texto de la nueva Ley de Tránsito se explica que para las infracciones leves, la multa va de 70 a 100 UF. Para las graves, de 500 a 700 UF. Y para las gravísimas, de 750 a 1.000 UF. Para establecer el valor de cada UF, se toma el precio medio de venta al público de un litro de nafta premium.

Oscar Hómola, director de Seguridad Vial, explicó que el aumento no será aplicado por la nueva Ley de Tránsito. “Siguen siendo las mismas cantidades de UF para las infracciones, pero va a cambiar el 1 de enero con la nueva Ley Impositiva, que lleva la Unidad Fija de 8 a 9,50”.

Ese aumento, que en cifras exactas es de 18.75%, se aplicará de manera directa sobre las multas. Las sanciones leves, que en 2017 tenían un costo máximo de $800, ahora lo tendrán de $950; las graves, que tenían un valor tope de $5.600, ahora subirán hasta los $6.650, y las gravísimas, cuyo techo estaba en $8.000, ahora alcanzarán los $9.500.

Suben con las reincidencias
A lo que deberán estar atentos los conductores, sean de bicicletas, motos, autos o camiones, es a no volver a cometer infracciones, ya que con las reincidencias los montos de las multas ascienden considerablemente.

Según explicó Hómola, para las faltas gravísimas son antecedentes para aplicar la reincidencia la comisión de una falta grave antes, mientras para las graves son antecedentes para aplicar la reincidencia las faltas leves, y no así a la inversa.

En cualquiera de los casos, la primera reincidencia duplica el valor de la multa, la segunda reincidencia lo triplica y la tercera lo cuadruplica.

De esta manera, las infracciones leves pueden llegar a los $3.800 si se trata de una tercera reincidencia, las graves pueden alcanzar los $19.950 y las gravísimas tendrán el tope en $38.000.

De todas formas, como empiezan a correr las inhabilitaciones, que sólo para la primera reincidencia van de los 60 a los 365 días, dependiendo de la gravedad de la falta, para llegar a una tercera reincidencia deberán pasar varios años desde la primera infracción.

Se cumplen sí o sí
Uno de los aspectos fundamentales de la nueva Ley de Seguridad Vial está detallado en el artículo 77 de la misma. Ese ítem, que establece las penas, señala que las sanciones por infracciones o faltas viales que prevé la normativa son de cumplimiento efectivo y no podrán aplicarse con carácter condicional ni en suspenso.

Esto incluye tanto a las multas económicas como a la inhabilitación, el secuestro del vehículo en los casos previstos por la ley, el trabajo comunitario y la concurrencia obligatoria a cursos de capacitación, entre otros.

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