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“Las verdades que las empresas periodísticas nos han impedido decir”: El Arzobispado habló sobre la causa de monjes acusados

Detenidos. Diego Roqué Moreno y Oscar Portillo están con prisión domiciliaria desde el 30 de enero.

Fue a través de un comunicado emitido el pasado 4 de abril.

El Arzobispado de Mendoza emitió el 4 de abril un comunicado donde expuso “las verdades que las empresas periodísticas nos han impedido decir” respecto a la causa penal canónica contra los monjes del Monasterio del Cristo Orante.

El caso se remonta al 27 de diciembre de 2018 cuando una comitiva judicial y policial ingresó al monasterio ubicado en la localidad de Tupungato para arrestar a Diego Roque y Oscar Portillo, dos sacerdotes de Buenos Aires que dirigen el monasterio desde 1996.

Los cargos que pesan sobre ellos son “abuso sexual simple, agravado por el abuso de autoridad”; “abuso sexual agravado por acceso carnal y tentativa de abuso sexual con acceso carnal” y “corrupción de menores y corrupción de mayores”, esto último porque los abusos habrían ocurrido entre 2009 y 2015, cuando el denunciante llegó a la mayoría de edad.

El denunciante es un hombre de 26 años que habría intentado ingresar a la congregación en 2009. Los acusados, uno de 52 años y otro de 65, habrían cometido los abusos en el monasterio de Tupungato y también en la capital mendocina. Ellos se declaran inocentes, sin embargo, hasta que se esclarezcan los hechos permanecerán detenidos.

Tras la detención de los acusados, el Arzobispo de Mendoza, Mons. Marcelo Daniel Colombo, decidió cerrar temporalmente el monasterio “mientras se esclarecen los hechos sometidos a juicio”.

En su reciente comunicado, el Arzobispado de Mendoza aclaró en primer lugar que el denunciante ha sido citado por este organismo y por el Tribunal Eclesiástico de Buenos Aires “a fin de ponerlo al corriente de la causa penal canónica y para que ratifique y/o amplíe su denuncia. No se ha presentado”.

“Podemos comprender su dolor, pero lamentamos que la destructiva interferencia de terceros con otros intereses, lejos de ayudarlo lo aísle de toda posibilidad de expresión e información”, expresó el arzobispado.

En segundo lugar, ratificó la información del diario Los Andes del 2 de abril que señala que el juicio está a cargo de un tribunal eclesiástico de Buenos Aires “y desde aquella provincia llegaron el viernes último (a Mendoza) para entrevistarse con la víctima y algunos testigos”.

En ese sentido, desmintieron la expresión atribuida por el diario El Sol al abogado Carlos Lombardi, abogado del denunciante, respecto que la víctima tendría que viajar a Buenos Aires para poder saber del proceso judicial, lo que catalogó como “una violación sistemática de los derechos de las personas que sufrieron abuso eclesiástico”.

El arzobispado aclaró que “lejos de cualquier agravio a los derechos de las personas, aquí en Mendoza se ofreció al denunciante la posibilidad de comparecer”.

En su tercer punto, el organismo eclesial consideró “falaz e injuriosa” lo referido por el diario Los Andes atribuído al mismo letrado que señala que el arzobispado ya tenía dos denuncias -una verbal en 2015 y otra por escrito en 2018-  que “nunca investigó pese a tener noticias fehacientes”.

Sin embargo, la misma nota habla del “informe que los investigadores enviados por la Santa Sede -Mario Panetta y Ricardo Poblete- elevaron luego de su accionar y previo a que se inicie el proceso”.

“Contra los dichos atribuidos al abogado Lombardi, cabe destacar que la investigación del Arzobispado está documentada en la justicia penal de Mendoza según se desprende del material entregado a requerimiento de la Fiscalía Penal mendocina”, sostiene el comunicado.

Sobre la misma nota, el Arzobispado de Mendoza calificó “errónea” la expresión “los investigadores enviados por la Santa Sede”, ya que estos investigadores “fueron designados por este Arzobispado, atento a la necesidad de esclarecer el delito objeto de la denuncia”.

Al terminar su comunicado, la institución subrayó que “una afirmación contraria a la verdad posee una gravedad particular cuando se hace públicamente, ya que el respeto de la reputación de las personas prohíbe toda actitud y toda palabra susceptibles de causarles un daño injusto sea a través de un juicio temerario o por maledicencia”.

“En estos casos, es importante recordar que toda falta cometida contra la justicia y la verdad entraña el deber de reparación, incluso cuando se trata de faltas cometidas contra la reputación de las personas e instituciones”, destacó.

El comunicado concluye con la aclaración de que “el abogado Carlos Lombardi, renunció en el año 2006 a intervenir en causas canónicas”.

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