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    Categorías: Política

¿Si no voté en las PASO, puedo hacerlo en las generales?

Elecciones 2019

En la nota, toda la información sobre como hacer para descargar y abonar la multa correspondiente.

Luego de realizarse las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO,) este domingo, algunos ciudadanos olvidaron lo de “obligatorias”, y corrieron rumores sobre que quienes no concurrieron a sufragar, no podrían hacerlo en las elecciones generales del 27 de octubre. Según la Junta Electoral local, este domingo participaron entre un 70 y 75% de los empadronados.

Sin embargo, esto no es cierto, según la legislación vigente. Quien no votó en las PASO, debe ingresar al registro de infractores y se le aplica una multa, salvo que justifique ante la justicia nacional electoral que no pudo votar, según la Ley 19945. Código Nacional Electoral, Art. 125.

Se puede hacer vía web, ingresando a https://infractores.padron.gob.ar/

Luego se busca la boleta de multa, la que consiste en $50 y se elige entre varios formas de pago.

El voto es una obligación y un deber. Hay que tener en cuenta que se debe justificar la inasistencia dentro de los 60 días desde la elección ante la secretaría electoral. De esta forma, además de pagar la multa, se regulariza la situación y queda habilitado para las elecciones presidenciales de octubre.

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