X
    Categorías: Argentina

Este lunes se celebra el día del empleado de comercio

dia del empleado de comercio 2017

Por razones de “practicidad” se pasó el festejo del Empleado de Comercio para hoy. Este lunes no habrá actividad en muchos comercios que tienen empleados. Bancos, con normalidad.

En el marco del Día del Empleado de Comercio, que este año fue trasladado al lunes 25, los representantes de empresas nacionales, locales y asiáticas del rubro mercantil, acordaron suspender las actividades del sector en esa fecha.

Los representantes de más de 150 firmas del sector comercial junto con las autoridades del Sindicato de Comercio de Entre Ríos, suscribieron semanas pasadas en la Secretaría de Trabajo un acta acuerdo, que prevé el cierre de los locales comerciales para otorgar el descanso a los empleados mercantiles. El acuerdo establece, por única vez, el traslado de la fecha de la conmemoración del Día del Empleado Mercantil para el lunes 25.

Desde el área laboral, se anunció además que se realizarán controles para verificar el cierre de los comercios, que tienen trabajadores en relación de dependencia. Asimismo, desde la entidad sindical que nuclea a los trabajadores, remarcaron la necesidad de concientizar a los consumidores para respetar el descanso del trabajador.

Asistieron a la firma del acta las autoridades de empresas de electrodomésticos, autoservicios y supermercados, cadenas comerciales, corralones y centros comerciales. Por parte de la entidad gremial, estuvo presente el subsecretario general del Sindicato de Empleados de Comercio de Entre Ríos, Rubén Bernabé, y por parte del área laboral, la jefa de División Reclamos y Conciliaciones, María Pérez.

La ley 26541 declara el 26 de septiembre como Día del Empleado de Comercio con carácter de feriado nacional; La provincia de Entre Ríos adhiere al mismo y este año, la festividad se trasladó al 25 de septiembre.

El objetivo del sindicato es que no se trabaje ese día pero si así se hiciera, se deben pagar horas extras al cien por cien, de acuerdo a lo que determinado por la norma.

Por lo tanto, los propietarios no están obligados a cerrar los establecimientos, así como no es obligatorio para el trabajador prestar servicios. Aquellos empleados que decidan de común acuerdo con el empleador desempeñar sus tareas normalmente, ese día se les deberán liquidar un jornal adicional equivalente a lo que corresponde a un día feriado trabajado.

Todos los años, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios deja a libre criterio de los comerciantes y prestadores de servicios comprendidos en el ámbito del Convenio Colectivo 130/75, la posición a adoptar respecto de sus dependientes.

En cuanto a los bancos, su funcionamiento será normal durante la jornada.

Comentarios

comentarios

Leave a Comment